¿Estás pensando VENDER tu casa y seguir viviendo en ella?

Estos son los puntos más importantes a tener en cuenta

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Nuda propiedad

La Nuda Propiedad es una fórmula en auge llena de ventajas que cada vez utilizan más propietarios que desean obtener liquidez mediante la venta de su vivienda pero sin dejar de vivir en ella.

Se puede definir como el derecho que tiene una persona (Nudo Propietario) a ser dueño de un bien, pero con la limitación de no poder disfrutar de el. Si el propietario de una casa vende a otro la Nuda Propiedad, podrá seguir viviendo en su piso y recibirá el dinero de la venta del inmueble de una sola vez o en forma de renta mensual vitalicia o temporal, teniendo el derecho a usarla hasta que fallezca, momento en que el Nudo Propietario adquirirá el Pleno Dominio sobre la vivienda.

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Importe único a la firma

Se vende la Nuda Propiedad y se mantiene el usufructo vitalicio, a cambio de percibir una única cantidad al inicio de la operación. Al mantener el usufructo y poder seguir viviendo en la vivienda, el comprador la adquiere con un descuento que va en función de los años teóricos de la operación, es decir cuantos más años tengas se venderá la Nuda Propiedad con un descuento menor.

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Renta vitalicia

Se vende la Nuda Propiedad y mantiene el usufructo vitalicio, a cambio de percibir una renta vitalicia de por vida. Dicho importe dependerá del valor de la vivienda y de la esperanza de vida teórica, es decir cuanto mayor sea y más valga la vivienda, más mensualidad se percibirá.

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Renta temporal

Se vende la Nuda Propiedad y mantiene el usufructo vitalicio a cambio de recibir una Renta por un plazo determinado, en este caso el importe a recibir es mayor que en la Renta Vitalicia, pero durante menos tiempo.

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¿Cuándo podrá disponer el Nudo Propietario de la vivienda?

Una vez se extinga el usufructo por:

  • Fallecimiento del usufructuario (es la más habitual)
  • Cumplimiento del plazo para el que se constituyó
  • Cumplimiento de la condición resolutoria establecida en el pacto de usufructo.
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¿Se puede vender la Nuda Propiedad?

Si, se podrá vender el bien usufructuado a un tercero, y lo que adquiere el comprador es la Nuda Propiedad colocándose en la situación del anterior Nudo Propietario, ya que el usufructuario seguirá siendo el mismo aunque cambie la propiedad.

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Fiscalidad

Al vender la Nuda Propiedad se paga la Plusvalía Municipal y el IRPF ya que se produce una ganancia patrimonial, pero no se tributa sobre el 100% del valor de la venta de la vivienda, ya que el usufructo también tiene un valor fiscal.

Un punto muy importante a tener en cuenta es que si la venta es sobre la vivienda habitual y se tienen mas de 65 años está EXENTO de TRIBUTAR en el IRPF.

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Gastos

Los gastos son menores para el vendedor ya que pasa a pagar solamente los suministros ordinarios (agua, luz, gas…) mientras que el inversor se hace cargo del IBI, gastos de comunidad y derramas que tenga la vivienda.